Reforestación
(Los números de artículos hacen referencia al borrador con fecha de 10/11/2018.)
Consideramos que los art. 23
y 24
deben ser muy ampliados y desarrollados, por el papel tan relevante que juegan los ecosistemas naturales y la biodiversidad no sólo como sumideros de carbono, sino como fuente de vitales funciones ecosistémicas. Sugerimos algunas líneas principales a continuación:
(Art. 24
) Se promoverá por todos los medios y con la mayor urgencia la recuperación de áreas forestales y su aumento, priorizando aquellas especies autóctonas de tipo frondoso y aquellas que produzcan alimento para humanos y otros animales (frutales, castaños, frutos de cáscara, encinas, etc.), así como las que puedan proporcionar funciones adicionales de especial interés para los objetivos de la presente ley. Se aplicarán técnicas de permacultura, agrosilvicultura y otras para favorecer una rápida implantación del mayor número posible de hectáreas de bosque en el país. Se priorizará la plantación de ejemplares micorrizados con hongos de aprovechamiento humano (comestibles, medicinales…) compatibles con la biodiversidad de la zona donde se realicen las plantaciones. Se impulsara la sustitución de monocultivos de uso industrial, por este otro tipo de plantaciones en régimen de policultivos con un alto grado de biodiversidad. Se prohibirán nuevas plantaciones de especies exóticas invasivas como las pertenecientes al género Eucalyptus (calificación según dictamen de 2018 del Comité Científico sobre Fauna y Flora del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación). Se priorizarán aquellas áreas con riesgo más elevado e inmediato de desertificación. Pese a la primacía de las especies autóctonas de cada lugar, y debido al efecto de subida de latitud que se está produciendo con el CC, se facilitará también la plantación de un % de especies de iguales características a las descritas pero procedentes de zonas más al sur, con lo cual se contribuye también a aumentar la biodiversidad y, con ella, la resiliencia ante los efectos imprevisibles del CC. Debido al grado de incertidumbre se priorizarán también las especies que, además de las características previamente mencionadas, ofrezcan el mayor rango de tolerancia a temperaturas y pluviometría.
Se favorecerá, dentro de este plan, la conversión de parcelas agrícolas actualmente dedicadas a cultivos convencionales a cultivo de frutales y otro tipo de árboles productores de alimento, aunque siempre se priorizará la reforestación en áreas no utilizadas actualmente para la producción de alimento.
En coherencia con lo indicado en el apartado acerca de la Transición Justa, se penalizará la importación de productos procedentes de países que permitan una deforestación neta en sus áreas, especialmente si se trata de bosques tropicales o primigenios, y llegando a la prohibición total de importaciones de productos procedentes de las propias áreas deforestadas (soja, aceite de palma, maderas tropicales, etc.) y se interrumpirán todo tipo de colaboraciones con dichos países, promoviendo las más duras acciones de embargo y otras presiones a nivel internacional, con el fin de detener y revertir dicha deforestación. Por contra, se establecerán acuerdos prioritarios con países que reforesten sus territorios de una manera sostenible y que maximice la captura de carbono, en el marco de una Alianza Internacional en Defensa de los Bosques, que impulsará el gobierno de España.
En coherencia con las “soluciones basadas en la naturaleza” mencionadas en el art. 20.2.b
, hacemos notar que la tecnología más sencilla de implementar para el secuestro de carbono, más accesible y que no sólo tiene un escaso costo económico, energético y material, sino que aporta funciones adicionales muy necesarias en un contexto de cambio climático y declive energético, es el árbol. Un bosque no sólo captura carbono, sino que genera lluvia localmente mediante evotraspiración (y por tanto contribuye a la seguridad alimentaria y de suministro de agua potable), aporta biomasa utilizable para calefacción y otros usos, crea suelo fértil, favorece la biodiversidad y produce una nada despreciable cantidad de alimento aprovechable tanto por humanos como por otros animales. Es fundamental la selección de las especies, para poder maximizar estos efectos. También, ser rigurosos con la no clasificación como áreas forestadas de aquellas zonas con monocultivos que aportan más problemas que beneficios desde esta óptica ecológica y de protección y resiliencia frente al cambio climático. También contribuirán a la defensa frente a otro problema agravado por el CC, como son los incendios forestales.
La ley no debe buscar tanto sólo la “neutralidad en emisiones”, sino que, debido a la gravedad y rapidez con que el CC se está acelerando, es necesario contribuir a unas emisiones “negativas”, es decir, a buscar la máxima captura sostenible del carbono emitido. Los bosques son un mecanismo idóneo y ya a nuestro alcance, que además, como se ha dicho, contribuye a aportar funciones adicionales muy necesarias.
Según un informe publicado en 2018 por The Climate and Land Use Alliance los bosques actuales del planeta contienen tanto C como las reservas de petróleo, gas y carbón juntas, en torno a los 3 billones de Tn de CO2, si fuesen emitidos a la atmósfera. Son los responsables de absorber el 28% de las emisiones actuales. Los científicos insisten en que mantener la subida de temperatura no más allá de los 1,5ºC implica detener inmediatamente la deforestación y revertirla con una reforestación “masiva” del planeta, que podría alcanzar hasta el 18% de los esfuerzos más asequibles de mitigación de aquí a 2030.