Eficiencia y descenso del consumo energético
(Los números de artículos hacen referencia al borrador con fecha de 10/11/2018.)
En el art. 3.1.d
se marca como objetivo:
Mejorar la eficiencia energética disminuyendo el consumo de energía primaria en al menos un 35% con respecto a la línea de base conforme a normativa comunitaria.
Debido al efecto rebote o paradoja de Jevons, una mayor eficiencia no asegura la reducción del consumo sino que, al contrario, en nuestro sistema socioeconómico acaba favoreciendo su aumento. Por tanto, sugerimos separar y supeditar conceptos. Si el objetivo es reducir un 35% el consumo total de energía en el país, indíquese así, concretando a continuación que “para ello se mejorará la eficiencia energética general de la economía, guiada por un control público de la demanda que asegure que no se produce un efecto rebote que suponga un aumento global del consumo”. Mejor incluso, si el objetivo es reducir la energía final. (Véase más sobre el efecto rebote en el apartado Cambio climático, Transición Energética y transformación del sistema socioeconómico en el capítulo sobre Consideraciones previas.)
Además, recomendamos incorporar a la redacción de la ley el concepto de que un cambio en la fuente energética principal de una sociedad implica un cambio en su metabolismo, y por tanto profundísimas transformaciones a todos los niveles (vid. apartado 2). Por otro lado, pasamos de unas fuentes de alta densidad energética y concentradas en determinados lugares, a fuentes dispersas espacial y temporalmente de baja densidad energética, lo cual también implica profundos cambios metabólicos; este aspecto también debería mencionarse.